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Régimen Comunicacional en Argentina: Qué Es y Cómo Funciona

Guía completa sobre el régimen comunicacional entre padres e hijos en Argentina. Derechos, obligaciones y cómo mantener el contacto después del divorcio.

El régimen comunicacional es el derecho que tienen los padres separados a mantener contacto con sus hijos cuando no están bajo su cuidado directo. En Argentina, este derecho está protegido por el Código Civil y Comercial y busca preservar el vínculo afectivo entre padres e hijos.

¿Qué es el régimen comunicacional?

El régimen comunicacional es el conjunto de pautas que establece cuándo y cómo el progenitor no conviviente puede comunicarse con sus hijos. Esto incluye:

  • Visitas presenciales (pernoctes, fines de semana, vacaciones)
  • Comunicación telefónica o videollamadas
  • Intercambio de mensajes
  • Participación en eventos escolares y actividades

El artículo 555 del Código Civil y Comercial establece que ambos progenitores tienen derecho y deber de comunicación con sus hijos. Este derecho es irrenunciable e intransferible.

Tipos de régimen comunicacional

1. Régimen amplio

  • Visitas sin restricciones de horario
  • Comunicación libre y frecuente
  • Recomendado cuando existe buena relación entre los padres

2. Régimen restringido

  • Horarios y lugares específicos
  • Puede requerir supervisión de terceros
  • Se aplica cuando hay conflictos o riesgos para el menor

3. Régimen progresivo

  • Comienza de forma limitada
  • Se expande gradualmente según evolucione la situación
  • Útil cuando se está reconstruyendo el vínculo

¿Cómo se establece el régimen?

Por acuerdo de los padres

La forma ideal es que ambos progenitores lleguen a un acuerdo sobre:

  • Días y horarios de visita
  • Lugar de encuentro y retiro
  • Vacaciones y feriados
  • Cumpleaños y fechas especiales
  • Medios de comunicación permitidos

Este acuerdo puede hacerse:

  • En un plan de parentalidad (recomendado)
  • Mediante mediación familiar
  • Con asesoramiento de abogados

Por decisión judicial

Si no hay acuerdo, el juez establecerá el régimen considerando:

  • Interés superior del niño
  • Edad y opinión del menor
  • Vínculo afectivo con cada progenitor
  • Distancia geográfica entre domicilios
  • Disponibilidad horaria de los padres
  • Antecedentes de violencia o conflicto

Elementos clave del régimen

Visitas presenciales

Régimen estándar habitual:

  • Fines de semana alternos (sábado 9h a domingo 20h)
  • Un día entre semana (martes o jueves 17h a 20h)
  • Mitad de vacaciones escolares
  • Años pares/impares para fiestas (Navidad, Año Nuevo)

Comunicación a distancia

Además de las visitas, el progenitor no conviviente puede:

  • Llamar por teléfono (ej: todos los días 20h a 20h30)
  • Hacer videollamadas
  • Enviar mensajes
  • Participar virtualmente en eventos escolares

Importante: El otro progenitor no puede impedir esta comunicación sin orden judicial.

Retiros del colegio

Frecuentemente se permite al progenitor no conviviente:

  • Retirar al menor del colegio en días acordados
  • Asistir a reuniones de padres
  • Participar en actos escolares

Incumplimiento del régimen

Si el progenitor conviviente impide las visitas

Puede configurar:

  • Obstrucción de contacto (sancionable)
  • Causal para modificar la tenencia
  • Daño moral indemnizable

Qué hacer:

  1. Documentar cada incumplimiento
  2. Enviar CD (carta documento)
  3. Solicitar al juez que haga cumplir el régimen
  4. Pedir modificación de tenencia si es reiterado

Si el progenitor no conviviente no cumple

  • No genera obligación de “recuperar” esas visitas
  • Puede ser considerado al revisar el régimen
  • No afecta la obligación alimentaria

Modificación del régimen

El régimen puede modificarse cuando:

  • Cambien las circunstancias familiares
  • El menor crezca y tenga otras necesidades
  • Uno de los padres se mude
  • Mejore o empeore la relación

Proceso:

  1. Intentar acuerdo entre los padres
  2. Mediación obligatoria (en CABA y provincias con ley de mediación)
  3. Presentación judicial si no hay acuerdo

Régimen comunicacional con otros familiares

Los abuelos y otros parientes también tienen derecho a mantener contacto con los niños (art. 555 CCyC).

Si los padres impiden el contacto, los abuelos pueden:

  • Solicitar judicialmente un régimen de visitas
  • Presentarse en mediación familiar

Consejos para un régimen exitoso

1. Flexibilidad

  • Adaptarse a imprevistos (enfermedad, eventos especiales)
  • Compensar cambios de común acuerdo
  • Priorizar el bienestar del niño

2. Comunicación clara

  • Usar herramientas de coparentalidad (como Pax)
  • Confirmar horarios con anticipación
  • Notificar cambios con tiempo

3. Respeto del otro

  • Puntualidad en entregas y retiros
  • No interrogar al niño sobre el otro hogar
  • No usar al niño como mensajero

4. Documentación

  • Mantener registro de visitas cumplidas
  • Guardar comunicaciones
  • Fotografiar comprobantes de traslados

Régimen en contexto de violencia

Si existe violencia familiar, el régimen puede establecerse con:

  • Supervisión de un tercero o institución
  • Punto de encuentro neutral
  • Prohibición de acercamiento excepto para las visitas
  • Evaluaciones psicológicas periódicas

El juez priorizará siempre la seguridad del niño.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a cumplir el régimen si no me pasan la cuota alimentaria?

No. El régimen comunicacional y la cuota alimentaria son obligaciones independientes. Incumplir el régimen puede derivar en sanciones judiciales.

¿El niño puede decidir si quiere ver al otro progenitor?

Depende de su edad:

  • Menores de 10 años: Su opinión es escuchada pero no vinculante
  • Adolescentes (13+): Su opinión tiene mucho peso
  • Mayores de 16 años: Tienen autonomía progresiva

¿Qué pasa si vivo lejos?

Se establece un régimen adaptado:

  • Visitas más espaciadas pero más largas
  • Períodos vacacionales extendidos
  • Comunicación virtual frecuente
  • El progenitor que se mudó puede asumir costos de traslado

Herramientas para gestionar el régimen

Para evitar conflictos y malentendidos, es recomendable:

  • Calendario compartido de custodia
  • Registro de comunicaciones entre padres
  • Documentación de gastos de traslado
  • Notificaciones automáticas de cambios

Aplicaciones como Pax permiten centralizar toda esta información de forma segura y con validez probatoria.

Conclusión

El régimen comunicacional es fundamental para el desarrollo emocional de los niños después de la separación de sus padres. Un régimen bien diseñado, flexible y cumplido por ambas partes contribuye a:

  • Preservar el vínculo paterno-filial
  • Reducir conflictos familiares
  • Dar estabilidad y predictibilidad al niño
  • Permitir que ambos padres participen en la crianza

Si tenés dudas sobre tu régimen o necesitás modificarlo, consultá con un abogado de familia. Y si querés llevar un registro ordenado de visitas y comunicaciones, probá Pax — la plataforma diseñada para coparentalidad organizada y documentada.


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